Si eres no residente en España, pero en el último año natural has estado en España más de 183 días puede que te hayas convertido en residente fiscal en España y tengas obligación de tributar por todas tus rentas mundiales en España como residente.

Analicemos la situación y comprobemos qué dice la legislación española para ser considerado residente fiscal en España y, en consecuencia, qué obligaciones fiscales tendrías.

La Agencia Tributaria española considera que una persona física es residente en territorio español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias:

  • Que permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español. Para determinar este período de permanencia en territorio español se computarán las ausencias esporádicas salvo que el contribuyente acredite su residencia fiscal en otro país. En el supuesto de países o territorios de los calificados como paraíso fiscal, la Administración tributaria podrá exigir que se pruebe la permanencia en el mismo durante 183 días en el año natural.
  • Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos de forma directa o indirecta.
  • Que residan habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de esta persona física. Este tercer supuesto admite prueba en contrario.

Por el contrario, una persona física tendrá la consideración de no residente en España cuando no se cumpla ninguno de los requisitos anteriores y pueda acreditar su residencia en otro país.

Partiendo de la idea de que se cumplen cualquiera de los puntos anteriores y que somos residentes fiscales en España, ¿Qué obligaciones fiscales tengo?

Las obligaciones fiscales por ser residente fiscal en España pueden resumirse en las siguientes:

Declaración sobre bienes y derechos en el extranjero, Modelo 720

El modelo 720 es una declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero, que se presenta durante el mes de marzo y tiene como objetivos:

  • Informar sobre las cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.
  • Informar sobre valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero.
  • Informar sobre bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.

Están obligados a la presentación de esta declaración informativa todas las personas físicas que tengan un patrimonio superior a 50.000 euros en el extranjero siendo residentes fiscales en España.

 

Impuesto sobre el Patrimonio, Modelo 714

El Impuesto sobre el Patrimonio es un impuesto directo y personal que se aplica individualmente sobre el patrimonio personal de las personas físicas, se calcula basándose en el valor de todos los bienes del sujeto pasivo y se presenta anualmente durante los meses de abril a junio.

Cada Comunidad Autónoma se encarga de establecer los importes exentos de tributación y las deducciones y bonificaciones en la regulación de este impuesto, estableciendo la Comunidad Autónoma Andaluza un importe mínimo exento de tributación que asciende a 700.000 euros por contribuyente, por tanto, los contribuyentes con un patrimonio inferior a 700.000 euros no tienen obligación de presentar el Impuesto sobre el Patrimonio.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Modelo 100

El Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas es un impuesto directo y personal que se aplica individualmente sobre la totalidad de las rentas mundiales percibidas por el contribuyente, esto es, la totalidad de los rendimientos del trabajo, actividades económicas, …ganancias y pérdidas patrimoniales, así como imputaciones de renta que se establecen por la Ley.

Este impuesto se presenta anualmente durante los meses de abril a junio y puede presentarse de forma individual o conjuntamente con el cónyuge e hijos del sujeto pasivo.

Si se encuentra en cualquiera de estas situaciones, Gonvel & Kamph cuenta con un equipo de profesionales que puede atenderle y ayudarle.